GASTOS DEDUCIBLES A LA HORA DE VENDER UNA CASA

COMO SE CALCULA EL INCREMENTO PATRIMONIAL

Incremento Patrimonial =

(Valor de transmisión - gastos de la transmision ) - (Valor de adquisición  + gastos de la adquisición)

 

¿Qué gastos de transmisión son deducibles?

Tantos los gastos e impuestos inherentes a la transmisión que hubiera pagado el vendedor.

  • Plus Valia municipal
  • Factura de honorarios de la agencia inmobiliaria 
  • Gastos de cancelación, gestoria, notaria y registro.

Todos éstos  gastos habrá que justificarlos con las correspondientes facturas.

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¿Qué gastos de adquisición son deducibles?

Los gastos e impuestos inherentes a la compra de un inmueble son deducibles a los efectos del cálculo del incremento de patrimonio. Como por ejemplo:

  • Notaria, registro, gestoria
  • ITP o IVA, Ajd 
  • Tasación 
  • Honorarios de inmobiliaria si hubiera sido de cargo del comprador
  • Seguros vinculados a la hipoteca (vida, hogar, incendio,etc)
  • Si a la hora de comprar se le repercutio parte de la plusvalia se debera acreditar.

Una vez sumados estos gastos al coste de adquisición se le aplican los coeficientes de actualización que veremos a continuación.

Si estás pensando en vender tu vivienda en Gijón es importante que tengas claro que incremento patrimonial puedes tener y en qué casos puedes estar exento de tributación. Así que te recomendamos que nos visites y te ayudaremos a vender con las menores sorpresas posibles.

Llamanos, estaremos encantados de atenderte,

César Nozal

626.46.14.85

www.agencialaplaya.com

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