¿Si estás pensando en comprar una vivienda situada en un edificio con más de 50 años o más , sabes que obligaciones existen?
En
Agencia La Playa te asesoraremos al respecto cuando estés interesado en comprar una vivienda de más de 50 años... y te pondremos en contacto con los técnicos con los que habitualmente trabajamos para que puedas pedir presupuesto al respecto.
¿Sabes que existe un Registro General de
"Informes de Evaluación de los Edificios" del Principado de Asturias?
Están obligados a disponer del Informe de Evaluación de los Edificios las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o los propietarios únicos de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que cuenten con una antigüedad igual o superior a 50 años.
La normativa sobre la obligatoriedad sobre los
"Informes de Evaluación de los Edificios" viene detallada aquí.
La evaluación del edificio contemplará los siguientes aspectos:
a) El
estado de conservación del edificio, constatando las patologías o deficiencias que se puedan apreciar.
No será objeto de la evaluación la detección de vicios o daños ocultos, ni la determinación precisa del origen de las patologías observadas, aunque sí la formulación de un prediagnóstico de sus posibles causas.
b) El grado de
accesibilidad del edificio y enumeración de los elementos que incumplen lo dispuesto en la normativa vigente en materia de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio.
c) La
certificación de la eficiencia energética del edificio.
¿
Quien puede realizar el Informe de Evaluación del Edificio?
El Informe lo redactará un técnico con la titulación de
arquitecto, o arquitecto técnico o titulaciones equivalentes, sin perjuicio de lo que pudiera determinar la normativa básica del Estado en materia de competencias profesionales, debiendo garantizarse la independencia, imparcialidad y objetividad del Informe.
¿Qué
plazo de validez es el que tiene el Informe de Evaluación de los Edificios?
10 años
En
Gijón ha sido elaborado el Censo de Edificios del Ayuntamiento de Gijón, donde se señala su antigüedad así como la fecha que corresponde realizar La Inspección del Edificio, a los efectos del cumplimiento de la obligación de realizar el Informe de Evaluación
Si quieres saber cuándo le toca realizar Informe de Evaluación del de tu Edificio en Gijón puedes consultar este enlace:
Fechas límites:
a) Los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que a fecha 28 de junio de 2013, tuvieran ya una antigüedad superior de 50 años,
el día 28 de junio de 2018, como máximo.
b) Los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que vayan alcanzando la antigüedad de 50 años a partir del 28 de junio de 2013, en el plazo máximo de
cinco años, a contar desde la fecha en que alcancen dichaantigüedad.
Si estás pensando en comprar o vender una vivienda en Gijón, te recomendamos que te pongas en manos de profesionales. Nosotros estaremos encantados de ayudarte.
César Nozal
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