Ley del Principado de Asturias 7/2017, de 30 de junio, modifico el impuesto de sucesiones en Asturias.
Desde el 1 de enero hasta el 1 de junio de 2017 el Principado de Asturias estableció una reducción por importe de 200.000€ en el Impuesto sobre Sucesiones, para las herencias recibidas por los grupos I y II de parentesco (cónyuge, descendientes, ascendientes). La nueva norma, aplicable a partir del 1 de junio de 2017 elevo la reducción por parentesco para dichos grupos I y II hasta los 300.000 euros.
La Ley del Impuesto sobre Sucesiones en Asturias permitia aplicar una reducción de hasta el 99% cuando entre los bienes del causante se encontraba su vivienda habitual y la recibian determinados parientes con ciertos límites, y con el compromiso de mantenerla durante al menos 10 años, pues a partir del 1 de junio de 2017 la novedad en este aspecto consiste en reducir el plazo de mantenimiento, que pasa de 10 a 3 años.
Eso quiere decir que cuando compramos una vivienda heredada, además de verificar que este debidamente inscrita, debemos verificar quien son los herederos para tener en cuenta que no están afectos por el artículo 28 de la Ley Hipotecaria y ademas deberemos verificar siempre la liquidación del impuesto de sucesiones para comprobar si ha habido reducción del impuesto y afecta la bonificacion, lo que pudiera condicionar la transmisión, ya que la vivienda quedaría afecta al cumplimiento del plazo de los 3 o 10 años, ya que en caso contrario sería el comprador de la vivienda quien tendría que "soportar" la complementaria de la liquidación, ya que la vivienda quedaria gravada con la correspondiente "afeccion fiscal".
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